Ciudadanía

Su opinión cuenta

Preguntas Frecuentes

Ratio: 2 / 5

Inicio activadoInicio activadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
( 1 Rating )
Pin It

  • ¿CÓMO ESTÁ ESTRUCTURADO EL SISTEMA DEL PODER POPULAR? +

    El Sistema de los órganos del Poder Popular está estructurado desde la base hasta la instancia nacional.

    En la cúspide del Sistema: la Asamblea Nacional del Poder Popular.

    En las provincias: las Asambleas Provinciales del Poder Popular.

    En los municipios: las Asambleas Municipales del Poder Popular.

    En el nivel inmediato inferior de los municipios: los Consejos Populares.

    La Circunscripción es la célula básica de toda la estructura del Poder Popular, cuya concepción y funcionamiento convergen esencialmente en la figura del Delegado, postulado y elegido para integrar la Asamblea Municipal, en la que representa a los electores de la circunscripción, la cual no es un órgano del Poder Popular.

  • ¿A QUÉ EDAD SE PUEDE EJERCER EL VOTO? +

    A partir de los 16 años.

  • ¿CADA CUÁNTO TIEMPO SE CONVOCAN LAS ELECCIONES? +

    Hay elecciones generales y parciales. En las primeras, cada cinco años, para renovar las asambleas en las tres instancias del Poder Popular: municipal, provincial y nacional; y en las segundas, cada dos años y medios, solo para renovar las asambleas municipales.

  • ¿CÓMO EL PUEBLO CUBANO EJERCE EL PODER? +

    El pueblo cubano ejerce el poder directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes.

  • ¿QUIÉN PUEDE SER ELECTO DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL? +

    Tiene derecho a ser electo diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular toda persona mayor de 18 años de edad, que esté en pleno goce de sus derechos políticos, sea residente permanente en el país por un período no menor de cinco años antes de las elecciones y no se encuentre comprendido en las excepciones presentes en la Constitución y la ley.

  • ¿QUÉ SISTEMA POLÍTICO EXISTÍA EN CUBA ANTES DEL TRIUNFO DE LA REVOLUCIÓN EN 1959? +

    Desde la Constitución de 1901 y hasta la Constitución de 1940, abolida en 1952 por el golpe de Estado que dio el dictador Fulgencio Batista, en Cuba existía la llamada tripartición de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, que respondía a la clase burguesa dominante.El poder Legislativo era el Congreso de la República y estaba integrado por dos cuerpos: la Cámara de Representantes y el Senado.

  • ¿QUÉ OBLIGACIONES TIENEN LOS DELEGADOS CON SUS ELECTORES? +

    Los Delegados están obligados a: mantener un vínculo real, permanente y sistemático con sus electores, atendiendo y viabilizando los asuntos planteados por éstos; trabajar constantemente para conocer los problemas que afectan a sus electores y las causas que los generan; así como la de reclamar, cuando sea necesario , de quien corresponda, la adopción de las medidas que se requieran para resolverlos, a fin de lograr una respuesta rápida y contribuir a elevar su autoridad ante los electores; reunirse con sus electores por lo menos dos veces al año, con el objeto de rendirles cuenta de su gestión personal, previa programación aprobada por el Presidente de la Asamblea Municipal; exigir para que nunca se deje de dar una explicación a cada ciudadano que vaya a solicitar o pedir algo, para que nunca se le mienta y se le explique con honestidad y franqueza, si se puede o no resolver su problema; trabajar sistemáticamente para que se cree en todos los centros de producción y servicios, el hábito de tratar esmeradamente al público.

  • ¿QUÉ FUNCIONES TIENEN LAS COMISIONES PERMANENTES DE TRABAJO DE LA ASAMBLEA PROVINCIAL DEL PODER POPULAR? +

    Las comisiones permanentes de trabajo son constituidas por la Asamblea Provincial del Poder Popular atendiendo a los intereses específicos de su localidad, para que la auxilien en la realización de sus actividades y especialmente para ejercer el control y la fiscalización de las entidades de subordinación provincial y de las demás correspondientes a otros niveles de subordinación, que se encuentren radicadas en su demarcación territorial.

  • ¿QUÉ ES EL CONSEJO POPULAR? +

    El Consejo Popular es un órgano del Poder Popular, local, de carácter representativo, investido de la más alta autoridad para el desempeño de sus funciones. Comprende una demarcación territorial dada, apoya a la Asamblea Municipal del Poder Popular en el ejercicio de sus atribuciones y facilita el mejor conocimiento y atención de las necesidades e intereses de los pobladores de su área de acción.Representa a la demarcación donde actúa y es, a la vez, representante de los órganos del Poder Popular municipal, provincial y nacional ante la población, las instituciones y entidades radicadas en ella.El Consejo Popular no constituye una instancia intermedia a los fines de la división político-administrativa y sin disponer de estructuras administrativas subordinadas, ejerce las atribuciones y funciones que le otorgan la Constitución y las leyes, con la participación activa del pueblo en interés de la comunidad y de toda la sociedad.Se integran por los Delegados elegidos en las circunscripciones que comprenden y a ellos pueden pertenecer, además, representantes designados por las organizaciones de masas, las instituciones y entidades más importantes de la demarcación.

  • ¿QUÉ EDAD SE REQUIERE PARA SER ELEGIDO? +

    Debe haber cumplido 16 años para ser electo como miembro de las asambleas municipales y provinciales, y 18 para la Asamblea Nacional.

  • 1
  • 2
  • 3

Escribir un comentario



¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?