1.Solicitud de las partes permutantescon un sello de $ 20,00 MN cada uno, haciendo constar la renuncia al cobro en caso de diferencia de valores.
2.Expediente o certifico de la tierra de ambas partes.
3.Aval de los Delegados Territoriales y Municipales de ambos territorios.
4.Aval de la ANAP Provincial y Municipal de ambos territorios.
5.Aval de la Cooperativa de Créditos y servicios de ambos territorios.
6.Verificaciones realizadas.
7.Acta de las Comisiones Agrarias de ser necesarias.
8.Tasación de la tierra y otros bienes agropecuarios propuestos para la permuta.
9.Dictamen de ambos territorios.
10.Certifico del banco sobre posible deuda.
11.Presillar, foliar e indizar el expediente.
12.No se aceptarán trámites en el caso de desbalance contra el patrimonio del Estado.
NOTA: Nose aceptaran permutas entre particulares en aquellos casos en que es evidente la desproporción que pueda encubrir una venta.