Registro Civil
Su organización, atribuciones y funcionamiento están regulados en la Ley No. 51/2015 y Resolución 249/2015. (Gaceta Oficial No. 38 de 3 de diciembre de 2015). El Registro del Estado Civil es una institución de carácter público a través del cual el Estado garantiza la inscripción de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas.
Trámites y servicios prestados
- Inscribir al recién nacido en los hospitales maternos antes que la madre reciba el alta.
- Expedir certificaciones basadas en los asientos que obren en cualquiera de las oficinas registrales radicadas en el territorio nacional y las negativas que resulten de estos.
- Expedir certificaciones de Capacidad Legal de los cubanos residentes en el territorio nacional para formalizar matrimonio con extranjeros.
- Expedientes de subsanaciones de errores u omisiones registrales en el lugar donde obre la inscripción o resida el promovente.
- Expedientes de cambio, adición, modificación o supresión de nombres y/o apellidos.
- Expediente de inscripción de nacimiento fuera de términ.
- Expediente de inscripción de defunción fuera de término.
- Declaración Jurada para trámite registral.
- Reconocimiento de filiación de padres e hijos(as).
- Formalización de matrimonio.
- Expedir certificación de Antecedentes Penales.
Prontuario del Registro del Estado Civil
Teléfono | Dirección |
31625485 | Calle 18 No. 8 e/ 9 y 11 Reparto Progreso. |