Con la puesta en vigor de la ley 145 del 2022 sobre el ordenamiento territorial y urbano, y la gestión del suelo, el país realiza esfuerzos por avanzar en este campo atemperado a la Cuba de hoy.
En Colombia se prioriza esta actividad desde la dirección municipal de Ordenamiento Territorial y Urbano, como lo asegura Oleydi Garcés Rivas, jefa del departamento de asuntos legales de esta institución.
«Con la entrada en vigor desde el 24 de marzo del 2022, ha existido en nuestra población inquietudes en cuanto a las modificaciones existentes en el uso y el valor del suelo. Cuyo valor está dado por las facilidades urbanísticas que existan en la zona, las características técnicas constructivas del inmueble y el uso al que esté destinado este inmueble, si existe acueducto, alcantarillado, los viales también influyen para nosotros determinar el valor del suelo»
Precisa la especialista que: «todas aquellas personas que no hayan hecho efectivo el pago derecho de superficie deben hacerlo, no tiene nada que ver con que sea una nueva asignación por el Consejo de la Administración, o sea una vivienda existente»
Garcés Rivas, aclara que pudiera darse el caso también con la actualización de los títulos de propiedad, que es otro de los trámites que nosotros en estos momentos estamos realizando, que exista un área de terreno que la persona no haya pago y se vaya a poner al pago en estos momentos o sea para todos los casos que no se haya pago el derecho perpetuo de superficie.
En nuestra dirección municipal existe una especialista encargada de atender la población todos los días de 7:30 a 12:00 del día y de 1:00 a 5:00 de la tarde de lunes a jueves y el viernes hasta las 4:00 de la tarde.